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Preguntas más frecuentes

Reglamento interno de orden, higiene y seguridad

​El presente reglamento tiene por finalidad regular e informar las condiciones, requisitos, obligaciones, prohibiciones y formas de trabajo de todo el equipo que presta sus servicios en los remolques y locales de Crepería de Barrio.

Para efectos del presente reglamento se entenderá por:

a) Trabajador o Empleado persona que presta servicios a la Empresa en virtud de un contrato de trabajo y por la cual recibe una remuneración.

b) Negocio o Creperia: Organización de medios materiales o inmateriales que funciona bajo la razón social de Crepería de Barrio para todos los efectos legales, representa a la Empresa toda persona que ejerce funciones gerenciales o superiores de administración

c) Líder de Sucursal: Persona que según el organigrama de la Creperia de Barrio es quien se encarga de supervisar al equipo de la sucursal asignada siendo el Gerente de equipo su primer canal de comunicación con el resto de los empleados.

d) Gerente de Sucursal: De entre los empleados en la Creperia, aquella persona que se encarga de supervisar el correcto funcionamiento de la sucursal asignada, también resuelve conflictos e imprevistos en ausencia del Líder de Sucursal

​A) REGLAMENTO INTERNO EN HORARIO LABORAL

  1. Tratar con respeto y amabilidad a los clientes y a los compañeros de equipo.

  2. No se permiten Mochilas o Bolsas dentro del Remolque / Local. Chamarras o Suéteres se guardaran en el area designada.

  3. Portar el uniforme completo y limpio. Además de usa siempre malla para el cabello, gorra y cubre bocas correctamente colocados.

  4. Cuidar las instalaciones y manejar los aparatos de manera óptima.

  5. No traer uñas pintadas o largas. No portar ningún tipo de reloj, pulsera o anillos durante el horario laboral

  6. Que prohibido el uso del teléfono en horario de trabajo, aunque si puedes responder llamadas fuera del Remolque / Local o en un área no visible para los clientes.

  7. Se encuentra expresamente prohibido realizar horas extras. Sólo cuando las necesidades de la operación lo requieran y con previa autorización del Líder de sucursal

B) BONOS Y MULTAS

  1. Los trabajadores recibirán como remuneración el sueldo base, bonificaciones y extras acordados.

  2. El pago de las remuneraciones quincenales se harán los días 15 y 31 o 30 segun el mes a través de pago en efectivo. El Líder de sucursal puede acceder pero no se obliga a pagar por transferencia bancaria a cuentas corrientes y puede acordar otro día de pago según la necesidad de cada sucursal.

  3. El/la Líder de Sucursal y el/la Gerente están autorizados para descontar directamente del pago quincenal cualquier multa por incumplimiento de reglamento o por cualquier otro concepto que sea de conocimiento del empleado.

  4. Todo trabajador de la empresa que se considere afectado por el principio de igualdad en las remuneraciones, tiene el derecho a presentar su reclamo, por escrito y en un sobre cerrado, al Líder de Equipo de otra sucursal

  5. Cualquier gasto derivado de solucionar problemas con los clientes o proveedores causados por error del equipo se descontara directamente del pago semanal con el conocimiento de los miembros del equipo

  6. Bono de Bebidas: Corresponde a $200MXN y se agrega al pago quincenal con la única condición de que se logre la meta de venta de bebidas que corresponda a cada sucursal. Las bebidas que entren con descuento no se contabilizan en el bono.

  7. Bono de Limpieza: Corresponde a $150MXN y se agrega al pago quincenal. Este se evalúa con el calendario de limpieza de cada sucursal y las actividades de cierre y apertura de cada área de trabajo. El equipo tiene derecho a dos llamadas de atención sin penalización, la tercer llamada de atención implica el descuento de este bono.

  8. Bono de puntualidad: Corresponde a $150MXN y se agrega al pago quincenal. Este toma en consideración la hora de llegada y apertura de la sucursal teniendo unicamente 10 minutos de tolerancia de la hora de entrada establecida en cada sucursal. Cada colaborador tiene derecho a dos retardos sin penalización, el tercer retardo implica el descuento de este bono y cada retardo posterior implican una multa (precio de multa acordado por cada sucursal)
     

C) JORNADA LABORAL Y DIA DE DESCANSO

  1. La jornada máxima ordinaria de trabajo del personal de la Crepería, será la que se establezca en los respectivos contratos. En ningún caso los trabajadores podrán pactar una jornada ordinaria semanal superior a 48 horas.

  2. Gerente y Líder de sucursal: Por la naturaleza de sus funciones no están sujetos a limitación de jornada de trabajo, debiendo en todo caso dedicar todo su esfuerzo laboral al cumplimiento de sus funciones y desempeñarse en turnos de seis días laborales, con un día de descanso a la semana.

  3. Personal de la Sucursal: Las jornadas sujetas a turnos se distribuirán entre las 07:00 hrs., y las 2:00 hrs

  4. Los horarios se asignarán en un calendario de turno semanal, que considera como referencia el horario disponible que ha señalado en el Convenio laboral firmado por los trabajadores y que se hará de acuerdo a las necesidades de cada sucursal, dicho calendario será proporcionado por los Líderes de cada sucursal

  5. Considerando la clase de funciones que se desarrollan en la Crepería, ésta se encuentra exceptuada de otorgar descanso los domingos y festivos. Esta condición queda sujeta a la autorización del Líder de Sucursal asignado.

  6. La jornada de trabajo podrá ser modificada por mutuo acuerdo de las partes. Podrá excederse la jornada ordinaria, pero en la medida indispensable para evitar perjuicios en la marcha normal de ella, cuando sobrevenga fuerza mayor o caso fortuito o cuando deban impedirse accidentes o efectuarse arreglos o reparaciones impostergables en las maquinarias o instalaciones, o en los períodos inmediatamente anteriores a navidad, fiestas patrias u otras festividades. Cualquier cambio en la disponibilidad horaria, ya sea aumento o disminución, temporal o permanente, deberá ser por mutuo acuerdo de las partes y deberá quedar debidamente registrada en un anexo de Convenio Laboral definido para esos efectos.

  7. Por ningún motivo se le permitirá trabajar a la persona que se presente bajo las influencias del alcohol, droga o cualquier otra sustancia nociva. Esto conllevara al descuento del día. Es responsabilidad del Gerente decidir cuántos días se le niega la entrada al trabajo y si hay motivo de despido en caso de que se presente en ese estado con frecuencia.

  8. Durante la jornada laboral Gerente y colaboradores tienen el beneficio de 30% de descuento en una Crepa y una Bebida dentro del horario de trabajo (preferentemente en las horas de menos recurrencia) a excepción de Productos de Temporada, Promos del día o Combos. El descuento no es canjeable por efectivo. Fuera del horario de trabajo aplican los mismos descuentos. El descuento no es aplicable a amigos o familiares de los colaboradores.

D) OBLIGACIONES DEL EQUIPO Y GERENTES DE SUCURSAL

  1. De las ausencias: Solicitar permiso ya sea por escrito o por mail con al menos 24 horas de anticipación a su Gerente (O Gerente a su Líder de Sucursal cuando se viese obligado a faltar a su trabajo, quien, atendida las razones expuestas, podrá autorizar la ausencia por escrito o por mail, en cuyo caso para efectos de remuneraciones no se contará ese día como trabajado.

  2. De los atrasos: Los atrasos diarios en que incurra un trabajador tendrán el siguiente tratamiento: A) Los atrasos diarios de diez minutos, no se contarán para el descuento como multa*. B) Los atrasos diarios de once minutos inclusive o más serán descontados como multa* semanalmente de la remuneración. (*El monto de la multa lo acuerda cada equipo con su Líder de Sucursal) B) Si el retraso ecxede a los 30 minutos se descontará día de trabajo y se le pedirá al empleado que no labore ese día. Los bonos se descuentan proporcionalmente de los días no laborados. 

  3. En el caso que el trabajador falte a su turno sin permiso de su Gerente o Líder de Sucursal directo o justificación médica o legal, se le descontará proporcionalmente el día. El líder de equipo puede sancionar el acto con la suspensión temporal del trabajador por los días que considere (Sin exceder una semana) o de forma definitiva. 

  4. En caso de que se ausente por enfermedad deberá informarlo al igual que en punto 1, exigiéndosele además un certificado médico (un día) o licencia médica (dos o más días).

  5. Dedicar íntegramente su tiempo y capacidad al servicio de la Empresa durante la jornada de trabajo. Entendiéndose, además, que todos los inventos, descubrimientos, ideas innovadoras, modificaciones que el trabajador proponga, logre o desarrollo durante el empleo, en las horas laborales y/o con materiales de la Empresa son de propiedad del Empleador, quedando totalmente retribuidos con la remuneración que percibe el trabajador. No obstante, constará en su Currículum.

  6. Usar correctamente y sólo para fines laborales los activos de Crepería de Barrio tales como computadores, teléfono, impresoras, vehículo, conexión a Internet, correos electrónicos, iPads, Tablets, etc. Quedando estrictamente prohibido su uso para fines personales.

  7. Emplear la máxima diligencia en el cuidado de los bienes del establecimiento y de la Empresa. Velar permanentemente por los intereses de ésta, evitando o impidiendo toda clase de deterioros o pérdidas y mantener en buen estado las herramientas, maquinarias, instalaciones, elementos de trabajo, útiles de la Empresa, siendo cada trabajador responsable de aquellos elementos de trabajo que están para su uso personal o confiadas a su cuidado.

  8. Responder personalmente de las pérdidas o daños a bienes de la Empresa o de terceros que usted dañe culposa o negligentemente

  9. Mantener los secretos de la Empresa que pudiese conocer con ocasión de su trabajo. Esta obligación pesa también sobre los asuntos administrativos reservados.

  10. Abstenerse de realizar competencia con la Empresa o colaborar para que otros lo hagan.

  11. Participar en todas las capacitaciones de diferentes temáticas que disponga Crepería de Barrio en orden a mejorar conocimientos y competencias en materias necesarias para un mejor desempeño, tales como cursos, charlas, talleres, etc.

E) OBLIGACIONES DEL DESEMPEÑO

  1. Conocer y comprender el contenido de los procedimientos y acciones propias de sus funciones, y aplicarlas con estricto rigor para producir el resultado correcto en el tiempo preciso.

  2. Emplear el código de vestimenta que Crepería de Barrio determina para ser usado en la tienda, según especificaciones señaladas en el programa de entrenamiento y que consta de pantalones de mezclilla, zapatos o tenis cerrados, mandil, playera del uniforme (amarilla o negra según corresponda) malla para el cabello, gorra y cubre bocas correctamente colocado.  Creperia de barrio repondrá el uniforme cuando sea necesario por razones de desgaste natural producto del uso. Si este tuviera daños ocasionados por descuido se repondrá a cuenta del empleado responsable.

  3. Mantener la higiene personal: pelo corto o tomado en un moño o trenza, maquillaje moderado, uñas cortas, limpias y sin barniz. Sin relojes, pulseras, cadenas, anillos, aros, piercing, colgantes, etc. 

  4. Mantener la higiene de la tienda: estacionamientos, aceras, áreas verdes, mesas, sillas, muebles y accesorios dentro y fuera de la sucursal, botes de basura, lámparas, techos, pasillos, paredes, material gráfico, puertas, tapas metálicas, ventanas, marcos, letreros, baños y accesorios, logos, acrílicos de precio, maquinas, vitrinas, cafeteras, cubiertos, loza. 

  5. Permanecer en su lugar de trabajo durante la jornada o turno que le corresponda y no ausentarse de él sin solicitar la autorización necesaria de su Líder directo.

  6. Al terminar su trabajo, salir del lugar de trabajo tan pronto como sea posible.

  7. Guardar el debido respeto y atención en las relaciones con los clientes, compañeros de trabajo y superiores.

  8. Ejecutar los trabajos que se le encomiende con atención y prudencia, evitando accidentes del trabajo y daños a terceros, ya sea en las personas o bienes de Crepería de Barrio

  9. Dar cuenta a su Líder inmediato de las dificultades que se les presenten en el desempeño de sus labores, cualquiera que sea el origen.

F) OBLIGACIONES RESPECTO AL MANEJO DE PUNTO DE VENTA (POS)

  1. El empleado siempre deberá repetir en voz clara la suma de dinero que le entregue el cliente al momento de concluir su compra su compra.

  2. Colocar el dinero en forma cruzada dentro de la caja hasta terminar de dar el cambio.

  3. Mantener la caja cerrada a menos que reciba algún pago.

  4. Cualquier error cometido al momento de tomar la orden debe ser corregido por un Gerente o Líder de Sucursal (Devoluciones).

  5. El empleado nunca debe registrar una venta para sí mismo o un compañero de trabajo.

  6. Se prohíbe cambiar cheques u otros efectos de comercio no autorizados, sin el permiso de su gerente.

  7. Será obligación de cada trabajador verificar la autenticidad de los billetes.

  8. Cada Gerente recibirá una clave de seguridad personal, la cual no debe ser compartida con ninguna otra persona y la cual se usará solamente en su sucursal para fines administrativos.

  9. Cada Gerente es responsable del cierre de su caja, vale decir, “conteo físico de los medios de pagos"

  10. No podrán entregar productos gratis sin previa autorización (incluyendo bebidas, alimentos o cualquier otro producto) a amigos, gente relacionada o compañeros de trabajo. Tampoco es permitido aplicar el descuento de empleado a familiares o allegados.

  11. No pueden aceptar dólares u otra moneda extranjera

  12. Los Empleados no pueden anular ventas legítimamente realizadas, con la excepción que sea autorizado por el Gerente

  13. El encargado de caja y Gerente se comprometen a conocer el Sistema de Punto de Venta y notificar a su líder sobre posibles errores. 

Las violaciones a las políticas de caja tendrán como resultado una comunicación de acción correctiva, amonestación laboral y las consecuencias que correspondan en cada caso, las que pueden incluir la terminación del convenio laboral.

Si en algún turno un empleado cree que alguien está violando las políticas de manejo de caja o sus procedimientos, deberá reportarlo inmediatamente al Gerente o Líder de Sucursal que le corresponda.

Última actualización: 20 de Agosto del 2022, 11:39

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